POR TU SEGURIDAD OBLIGATORIO CADENAS > EVITA MULTAS
Te pueden multar con hasta 200 euros.
Es posible que nunca hayas puesto unas cadenas, pero es muy sencillo.
Tal y como se puede leer en el Reglamento General de Circulación, «cuando sea obligatorio o recomendado
el uso de las cadenas u otros dispositivos antideslizantes autorizados se deberán colocar, al menos, en el eje
de las ruedas motrices dichas cadenas o dispositivos antideslizantes o bien utilizar neumáticos especiales».
La Dirección General de Tráfico, DGT, exige el uso de cadenas o neumáticos de invierno de forma obligatoria cada vez que
un conductor se dirija hacia zonas de montaña o lugares en los que hay presencia de nieve.
Antes de salir de viaje, debes consultar el estado de las carreteras, sobre todo, si vas a viajar a zonas en las que
pueda nevar.
Se puede consultar aquí en el mapa interactivo de la DGT, en el que las carreteras están señaladas por
colores e indican la peligrosidad y la necesidad o no de equipar cadenas de nieve:
Debes saber que las cadenas solo son obligatorias en los tramos señalados en color rojo, ya que, en las vías marcadas
con colores amarillos y verdes, se pide extremar la precaución y adecuar la velocidad a la situación de la calzada.
Cuando se circula con cadenas no se puede sobrepasar los 50 km/hora y es aconsejable no rebasar a los vehículos inmovilizados.
No obstante, siempre se debe atender a los mensajes variables de los paneles y a los agentes de la Agrupación de Tráfico.
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